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LA REGIÓN

El tetris de Alak: Anula pases a planta y llama a concurso para acomodar la planta municipal

El intendente Julio Alak avanza con la reestructuración de la planta municipal, tras convalidar la auditoria interna que inició el pasado 10 de diciembre cuando tomó las riendas del distrito.

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JULIO ALAK

La Dirección de Personal de la administración de Julio Alak avanzará con un llamado a concurso público para el ingreso a planta permanente del personal temporario municipal.  Además informó que convalidó el informe de la auditoría interna que declaró nulo los pases a planta permanente dispuestos por la gestión de Julio Garro, a pocos meses de finalizar su mandato.

«Nulidad insanable»

La medida se adoptó, después que la auditoría del Municipio finalizara el Plan de Revisión Integral de la Planta de Personal y determinó que, el pase a planta permanente dispuesto durante el proceso electoral, en los meses de junio y septiembre del 2023 por la administración anterior, fuera declarado nulo, de nulidad insanable.

La instancia en cuestión, se funda al comprobarse numerosas y graves irregularidades administrativas y legales, algunas de las cuales configuran delitos de violación de los deberes de funcionario público y malversación de fondos.

Habiendo finalizado el relevamiento, la auditoría interna determinó la necesidad de dictar la nulidad del procedimiento y la inmediata remisión de las actuaciones administrativas a la justicia penal en turno.

Omisión de cargos presupuestarios y malversación de fondos

Otro vicio relevante que determinó la nulidad del procedimiento es haber dispuesto que los agentes pasen a planta permanente, sin la previa creación de los cargos correspondientes en el presupuesto municipal.

En ese sentido, la ley orgánica municipal exige que el pase a planta permanente puede hacerse si previamente se han creado los cargos correspondientes en el presupuesto municipal.

En consecuencia, nunca se crearon los cargos en el presupuesto municipal y solo este vicio genera la nulidad de todo el procedimiento que se intentó realizar.

Violación de la ley de responsabilidad fiscal

Por otra parte, el pase a planta permanente de agentes, dispuesto entre junio y septiembre de 2023, a pocos meses de la finalización del mandato de gobierno, viola claramente el artículo 6 bis de la ley de Responsabilidad Fiscal 13.295, que impone la restricción de fin de mandato para incrementar la planta permanente y el aumento del gasto de la administración pública municipal.

La ley de Responsabilidad Fiscal establece claramente que el crecimiento de la planta de personal y sus modalidades, debe ir acompañado del crecimiento poblacional, cuestión que fue vulnerada con este pase masivo a planta permanente.

En los últimos 6 meses de la gestión anterior, se generó un nuevo incremento de personal, tanto en planta temporaria como permanente, que sobrepasó en exceso los cargos presupuestados.

Cabe recordar que al 10 de diciembre de 2023 había 12.573 agentes de los cuales 1.871 fueron designados en planta temporaria en el 2023, más 1.695 que fueron pasados a planta permanente ese mismo año.

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¿Y la Ley de Empleo Público?

 

Asimismo, la auditoría comprobó numerosas irregularidades entre el personal pasado a planta permanente que violan la ley de Empleo Público 14.656, constituyendo impedimentos para el ingreso a la planta de personal.

Se registraron numerosas irregularidades, tales como: personas que no cumplen con la antigüedad necesaria, ya que no llegan al año de antigüedad, agentes que prestan servicios en otros municipios, administración provincial o nacional, lo cual está prohibido expresamente en el artículo 53 de la Constitución Provincial.

Asimismo, pasaron a planta permanente a personas inhabilitadas por tener graves antecedentes penales y elevado nivel de ausentismo, que constituiría falta grave por abandono de cargos.

Nuevo concurso

Por los motivos mencionados, la Dirección de Personal de la Municipalidad de La Plata dispuso poner en marcha el procedimiento administrativo para la realización del nuevo concurso de acuerdo a los principios de publicidad de los actos de gobierno, igualdad, transparencia e idoneidad, en los términos que establece la Constitución de la provincia de Buenos Aires, la ley de Empleo Público (14.656) y la ley de Responsabilidad Fiscal (13.295).