Conéctate con nosotros

NACIONALES

Se oficializaron los nuevos montos de las asignaciones familiares a partir de junio

La ANSES difundió las nuevas tablas con los valores a pagar a partir del 1 de junio a los trabajadores en relación de dependencia. También subirán los montos de la Asignación por Embarazo (AUE), Asignación Prenatal, Asignación por Nacimiento, Asignación por Adopción y Asignación por Matrimonio y Cónyuge.

Publicado

|

El gobierno oficializó este jueves el aumento del 20,92% para las asignaciones familiares, la asignación universal por hijo y otras restaciones alcanzadas por la Ley de Movilidad de la Seguridad Social.

Según confirmó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) a través de la Resolución 113/2023 publicada en el Boletín Oficial, también habrá subas la Asignación por Embarazo (AUE), Asignación Prenatal, Asignación por Nacimiento, Asignación por Adopción, Asignación por Matrimonio y Cónyuge.

De esta manera, la AUH, que comprende a 4,4 millones de chicos, y la Asignación Universal por Embarazo (AUE) serán de $ 13.864. Con hijos con discapacidad, la AUH pasa $ 45.147. Mientras que la ayuda escolar anual será de $ 11.620.

Las asignaciones por hijo y prenatal, que se determinan por rango de ingresos familiares (IGF) serán las siguientes:

  • Quienes perciban ingresos de Rango I, es decir aquellos de hasta $ 214.699, cobrarán $ 13.864.
  • Las personas que tengan un salario de entre $214.699,01 y $314.880 están comprendidos dentro del Rango II y recibirán una asignación de $9.350 mensuales.
  • Para personas de ingresos entre $314.880.01 y 363.540, el monto de la asignación será de $ 5.654 por mes.
  • Los ingresos pertenecientes al Rango IV, es decir de entre 363.540, 01 y 808.124, recibirán una asignación de $ 2.915.

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos
Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.

Zona 2: Provincia del Chubut.

Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Los valores estarán vigentes hasta agosto de 2023.